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Enseñanza para jóvenes y adultos

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Nivel Educativo Jóvenes y Adultos: J de Departamento Ana Yanelis Morales Macías, Tel: 54531103   

Continuidad de estudios 12 grado

La  RESOLUCIÓN No. 328/15 regula  las “Normas Generales del Sistema de Ingreso a la Educación Superior” y la misma refiere los aspirantes al curso diurno de la educación superior realizan con carácter obligatorio exámenes de ingreso en las disciplinas de Matemática, Español e Historia de Cuba, salvo aquellas excepciones autorizadas en esta resolución.

Es requisito indispensable obtener un mínimo de sesenta puntos en cada examen para considerarlo aprobado y poder incluir al aspirante en el escalafón de otorgamiento de plazas correspondiente a su fuente de ingreso.

Quedan exentos del examen de ingreso de Matemática y únicamente examinarán Historia de Cuba y Español:

  1. Los egresados del Programa de Instructores de Arte que en años posteriores a su graduación sólo soliciten carreras del Instituto Superior de Arte en el curso diurno.
  2. Los egresados de las escuelas profesionales de arte y de las academias de Ballet y Música, en su año de graduación u otro posterior, siempre que solamente soliciten carreras del Instituto Superior de Arte en el curso diurno.

Los aspirantes a cursar  carreras con pruebas de aptitud para tener derecho a solicitarlas, antes de realizar los exámenes de ingreso deberán aprobar determinados instrumentos de evaluación que se aplican en las fechas que se indican en el cronograma de ingreso y en los lugares donde se especifica para cada carrera:

  1. Arte Teatral, Música, Artes Plásticas, Artes Danzarias y Medios de Comunicación Audiovisual. Los instrumentos se aplicarán en las filiales de Camagüey, Holguín y Santiago de Cuba para los perfiles que se estudian en estas y el resto en el Instituto Superior de Arte.
  2. Relaciones Internacionales. Los instrumentos se aplicarán en las provincias donde existen plazas aprobadas en el plan. En el caso de las provincias de Pinar del Río, Artemisa, Mayabeque, La Habana y Matanzas el proceso se realiza en el Instituto Superior de Relaciones Internacionales.
  3. Los instrumentos se aplicarán en las universidades donde se cursa la carrera.

Los centros rectores de estas carreras elaborarán y distribuirán los instrumentos de evaluación, observando rigurosamente las medidas de control y protección establecidas al efecto.

Los aspirantes a las carreras del Instituto Superior de Arte y de Relaciones Internacionales se ordenarán según sus resultados en las pruebas de aptitud, y sólo deberán aprobar los exámenes de ingreso correspondientes para obtenerlas.

Los aspirantes a la carrera de Periodismo la incluirán entre sus posibles diez opciones y se otorgará según los resultados en los exámenes de ingreso.

Los atletas de alto rendimiento y los egresados de las escuelas deportivas pueden optar por las carreras del plan nacional o del plan de atletas; una opción excluye a la otra. Siempre que no obtengan alguna carrera tendrán asegurada la de licenciatura en Cultura Física en el curso diurno o en el curso por encuentros, según la oferta de plazas en el territorio de residencia.

Los integrantes de la preselección nacional a las olimpiadas internacionales y los ganadores en concursos internacionales avalados por el Mined, no tendrán que realizar los exámenes de ingreso vigentes para el curso diurno y se les otorga la carrera solicitada afín a la disciplina en que concursan, en la universidad que deseen.

A los estudiantes ganadores de medallas de oro, plata o bronce en concursos de conocimientos provinciales y nacionales de preuniversitario se les otorga directamente la carrera pedagógica que elijan en el curso diurno y se les convalida el requisito de aprobar los exámenes de ingreso. A los egresados  de las escuelas pedagógicas y del curso de nivel medio superior con dos años de duración que se seleccionen para continuar este perfil en el curso diurno, también se les aplica idéntico procedimiento.

A los estudiantes que opten por carreras pedagógicas y se seleccionen para cursar el preuniversitario completo o parte de él en las universidades, el  requisito de aprobar los exámenes de ingreso a la educación superior vigentes se le incorpora a las evaluaciones finales de ese nivel y si las aprueban se les otorga directamente la carrera solicitada.

Para los egresados de las Escuelas Militares Camilo Cienfuegos (EMCC) los exámenes de ingreso a la educación superior serán elaborados, aplicados y calificados por especialistas del Ministerio de las Fuerzas Armadas Revolucionarias.

Los  ministerios de las Fuerzas Armadas Revolucionarias y del Interior recibirán un número de plazas para carreras en centros de educación superior civiles, que serán otorgadas por estas instituciones a los aspirantes que aprueben los exámenes de ingreso.

Para el curso por encuentros y la educación a distancia, la evaluación del cumplimiento del requisito de aprobar los exámenes de ingreso a la educación superior vigentes se traslada al primer año de la carrera.

Las asignaturas aprobadas en los exámenes de ingreso al curso diurno del año 2014 en adelante, se les convalidan a los estudiantes matriculados en curso por encuentros y en educación a distancia hasta tres años después.

Los graduados de las escuelas pedagógicas, del curso de nivel medio superior con dos años de duración y de otros programas de habilitados del Ministerio de Educación, podrán continuar estudios directamente en carreras pedagógicas del curso por encuentros y se les convalida el requisito de aprobar los exámenes de ingreso a la educación superior vigentes.

Cuando en alguna carrera, la cifra de aspirantes al curso por encuentros o a la educación a distancia supere las plazas ofertadas, las universidades aplicarán criterios de selección: pertinentes, transparentes, que posibiliten la evidencia escrita, reclamables y cuyos resultados puedan ser publicados.

Los aspirantes al curso por encuentros o a la educación a distancia podrán solicitar el ingreso a la educación superior en una sola institución universitaria, dígase sede central, centro universitario municipal o filial universitaria,  con independencia del municipio o de la provincia de residencia. Cada  universidad establecerá el número de carreras que se podrán solicitar.

Cuando el aspirante no alcance la carrera solicitada puede optar por otras no cubiertas en el plan de plazas.

Los rectores de las universidades son los responsables de la elaboración de la propuesta de plan de plazas para el curso por encuentros y para la educación a distancia, atendiendo a las necesidades territoriales de profesionales y a las capacidades en las sedes centrales universitarias, en los centros universitarios municipales y en las filiales universitarias.

Los  planes de ingreso al curso por encuentros y a la educación a distancia de la sede central universitaria, del centro universitario municipal y de la filial universitaria, se publican junto con los  criterios de selección de las carreras en las instituciones respectivas.

El plan de ingreso al curso diurno se publica en los centros donde los aspirantes solicitan las carreras. El plan lo elabora y lo emite el Ministerio del Trabajo y Seguridad Social para cada provincia.

Las disposiciones complementarias para organizar y ejecutar el proceso de ingreso a la educación superior tienen carácter oficial sólo si son emitidas por el Ministerio de Educación Superior y los rectores presidentes de las comisiones de ingreso provinciales, en el marco de sus facultades.

Los ministerios de las Fuerzas Armadas Revolucionarias y del Interior dictarán las disposiciones necesarias para instrumentar, de acuerdo con las normas vigentes, lo que corresponda para el ingreso en los centros de enseñanza militar.

La Dirección de Ingreso y Ubicación Laboral del Ministerio de Educación Superior orientará a las comisiones de ingreso provincial las tareas para realizar la más amplia divulgación de las regulaciones relacionadas con el sistema de ingreso a la educación superior, de forma tal que lleguen a los aspirantes de todas las fuentes de ingreso. Las comisiones de ingreso provincial priorizarán la información directa a los aspirantes de los preuniversitarios y sus padres o tutores.

Los varones en edad de cumplir el servicio militar activo, de cualquier fuente de ingreso, que alcancen carrera en el Curso por Encuentros no obtienen la condición de diferidos. De acuerdo a la política definida podrán ser llamados al servicio militar activo por los dos años que establece la ley, teniendo preservado su derecho a matricular en la educación superior, una vez que lo concluyan. Con estos jóvenes se aplica el siguiente procedimiento:

  1. Si en el período de matrícula no han sido llamados al servicio militar activo, podrán matricular la carrera otorgada.
  2. Si el llamado al servicio militar activo se produce cursando estudios universitarios, se les otorga licencia de matrícula por dos años, con derecho a incorporarse una vez cumplido el servicio militar. Si al incorporarse no hay matrícula en el año académico que les corresponde, de la carrera que cursaban, el rector puede aplazar la matrícula para el curso siguiente o autorizar la reorientación a otra carrera en el Curso por Encuentros.

El Director de Ingreso y Ubicación Laboral del Ministerio de Educación Superior, también puede aplazar la matrícula para el curso siguiente o autorizar la reorientación a otra carrera en el Curso por Encuentros, oído el criterio de la dirección universitaria.

  1. Si la incorporación al servicio militar activo se produce antes del período de matrícula, se les conserva la plaza hasta que lo concluyan, lo cual se comprueba en el documento oficial de licenciamiento. Si al incorporarse no existe matrícula en primer año de la carrera obtenida, el rector presidente de la Comisión de Ingreso Provincial puede conferirle otra.

El director de Ingreso y Ubicación Laboral del Ministerio de Educación Superior, también les puede autorizar otra carrera oído el criterio de la dirección universitaria.

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