Para solicitarla deben presentarse:
- El escrito de solicitud que debe contener: nombre o denominación social, domicilio legal y demás generales del contribuyente, NIT, número de cuenta y sucursal bancarias donde realiza sus operaciones, fecha y referencia del aporte al Presupuesto del Estado.
- Los documentos que acrediten el pago cuya devolución se solicita;
- Los estados financieros, correctamente acuñados y firmados por la máxima instancia de dirección de la entidad, cuando el aporte erróneo o en exceso de lo debido se relacione con tributos asociados a la actividad.En el caso de las personas naturales que lleven contabilidad, deben estar firmados por el titular.
- La resolución dictada por la autoridad competente, en la que consten las razones por las cuales procede la devolución, cuando la solicitud verse sobre ingresos no tributarios.
- Otros documentos de los cuales intente valerse el solicitante, o cuya presentación requiera la Administración Tributaria.
El derecho a la devolución prescribe al año de efectuado, o haber sido declarado el ingreso como indebido o en exceso de lo debido.