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Cuando se brinda este servicio en la expedición de Certificaciones se añaden hasta 3 días más al término fijado, si el asiento es del propio registro y 5 días si el asiento es de otro registro.

Para las inscripciones de:

  • Nacimiento, Matrimonio y Defunción la persona deberá aportar sello del timbre con valor de $5.00 y documento de identidad.

Todas las certificaciones llevan el mismo valor de sello.

  • En cuanto a los Expedientes de Subsanaciones deberá aportar sello de $10.00.
  • Para los cambios, modificaciones, supresión de nombres o apellidos deberá aportar sello de $20.00.
  • Para la formalización de matrimonio deberán aportar documento de identidad de ambos contrayentes y de dos testigos. Además si hubiese existido matrimonio con anterioridad deberá aportar alguno de los siguientes documento para acreditar el estado conyugal de divorciado:
  • certificación de divorcio
  • Escritura pública de divorcio notarial
  • Sentencia del tribunal competente que disolvió el vínculo matrimonial
  • Si el estado conyugal del contrayente fuera viudo deberá presentar los siguientes documentos:
  • Certificación de viudez o certificación del matrimonio anterior y la Certificación de defunción del cónyuge fallecido.
  • 1 sello de cinco pesos para la Certificación del matrimonio luego de la formalización.
  • Si la mujer que pretende contraer un nuevo matrimonio antes de los 300 días de haber disuelto un matrimonio anterior deberá aportar certificado médico expedido por un centro asistencial estatal, si se halla o no en estado de gestación.
  • Este certificado si es positivo constituirá presunción de la paternidad del cónyuge del matrimonio extinguido. Contra esta presunción caben todas las pruebas admitidas en Derecho.
  • Si la mujer ha dado a luz antes de los 300 días mencionados no será necesario para formalizar nuevo matrimonio, presentar dicho certificado.

Para el reconocimiento de hijo deberán aportar documento de identidad de ambos padres y tarjeta del menor.

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